Trato justo, una la solución posible (parte 1, la hipótesis)

¿Sería posible modificar la relación entre proveedores de acceso a Internet y creadores de contenidos, para lograr un trato más justo que el de hoy?

Según mi estimación preliminar, podría bastar con que proveedores de acceso compensen aproximadamente US$1 mensual por usuario, en la gran mayoría de los casos.


Dado que si uno no es parte de la solución es parte del problema, decidí pasar de llorar a proponer, una idea que he venido masticando por años. Como he trabajado en ámbitos de Internet y producción musical, comprendo algo de ambos, entonces creo que mi punto de vista puede ser interesante de compartir.

Un grupo de más de 40 personas (menciones al final) ha contribuido enormemente a lo quiero proponer, no necesariamente por estar de acuerdo, pues precisamente la discusión interesante nace de las dudas y de conocer distintas posiciones. Puede ser tremendamente fructífero estar en des-acuerdo.

También tomé en cuenta la encuesta de canal.cl de la semana pasada, con la siguiente pregunta: ¿Cuál sería un trato justo, entre artistas y compañías de telecomunicaciones que distribuyen su contenido?
  • 37% cree que es legítimo que se produzca compensación a través de empresas de Internet, donde aproximadamente la mitad cree que ello lo debe administrar una entidad privada y otra mitad cree que se debe encargar a una institución pública.
  • 33% prefiere mecanismos de pago directos (cupones, tarjetas de crédito, etc.),
  • 27% opina que artistas deben ofrecer gratuitamente su obra en la 'net, y sustentarse por otros medios.

Nótese que es una distribución de tres tercios, no hay mayoría absoluta, ergo la propuesta tiene que permitir convivencia de las tres modalidades descritas, vale decir
  • que permita compensar a través de las empresas de Internet,
  • el sistema no debe entorpecer o generar duplicidad de cobros para quienes reciban pagos directos,
  • incluyendo eximir de compensación a los creadores que deseen renunciar a ella.

Me satisface señalar que un 70% de quienes votaron parecen estar de acuerdo en que se debe pagar por los contenidos descargados, ya sea mediante pago directo o a través de su cuenta de Internet.

Es una muestra pequeña, y naturalmente sesgada por el tipo de audiencia que tiene canal.cl (obviamente simpatiza con mis ideas), pero igual los números me parecen notables, no los esperaba.

Convirtiendo lo ilegal en legal

Existe consenso en la comunidad creativa de que el uso actual de los proveedores de acceso a Internet es injusto, pues tiene como un fuerte componente la reventa de material que no ha sido autorizado, licenciado, pagado.

Sin embargo y como propongo en el artículo anterior, los clientes de dichos proveedores de acceso, los usuarios finales, quienes accedemos al contenido, pagamos por él. Por lo tanto -al igual como cuando en el comercio pagamos por cualquier otro producto o servicio- podemos asumir como implícito que no estamos en la ilegalidad.

Un ejemplo sencillo

Si vamos a un restaurant a almorzar, no ponemos en duda la condición legal del pan, la sopa, el arroz, la lechuga, etc. Asumimos que el restaurant ha pagado lo justo por todo ello, incluyendo sueldos y comisiones al personal.

Incluso en el caso de la música que se toca en el restaurant -ya sea por si sóla o sincronizada con imágenes en la TV- se acepta y genera un pago compensatorio por su uso, lo cual es lógico dado el valor que puede agregar al ambiente del lugar.

Al igual que el caso del restaurant, la mayoría de los internautas no tenemos por qué conocer la estructura de costos del proveedor de Internet. Consecuentemente, los internautas no somos delincuentes, ni por acción ni por omisión.

Acusar de estar pirateando a un cliente que paga por el acceso, es equivalente a acusar al cliente del restaurant de cometer un delito si el establecimiento en cuestión no pagó un impuesto, o un sueldo, o la cuenta del gas.

Ahora bien, eso nos deja con un problema concreto a solucionar, y es que los proveedores de acceso a Internet no están pagando derechos por contenidos que requieren licencias para su comunicación pública.

Precedente histórico irrebatible: la radio

Algo muy similar sucedió en la primera mitad del siglo 20, con la aparición de la radiodisfusión. Reactivamente, los autores y discográficas entraron en pánico, pero prevaleció la inteligencia, se crearon sociedades de representación (similares a la SCD) que negociaron pago de derechos de transmisión con las radioemisoras, para que dichas empresas pudieran compensar a los creadores de los fonogramas que sustentaban su negocio. Como a los autores y sus socios (las disqueras) también les convenía la promoción que les daba la radio, las tarifas que se negociaron no fueron desmesuradas, la industria creció y un número cada vez mayor de usuarios tuvo acceso a la música.

Adaptándose a los tiempos digitales

Llevar esta misma metáfora al nuevo paisaje medial es un desafío grande, no sólo en lo tecnológico, también en lo legal, pero no imposible.

Mediante un sistema de muestreo y pago, similar al que se usa con la radio y la TV, la situación de anomalía actual podría revertirse en 180 grados, y tanto el rol de las empresas como el uso por parte de usuarios pasarían a ser totalmente legal, continuaría en crecimiento y competencia el acceso interactivo a la música, además surgiendo oportunidades para nuevos artistas, por la conocida disminución revolucionaria en el costo de distribución y promoción que supone la red.

Todos ganaríamos porque:
  • creadores se compensarían y se haría sustentable su trabajo,
  • proveedores de acceso se liberarían de la responsabilidad del pirateo y podrían publicitar abiertamente el acceso ilimitado a contenidos licenciados,
  • clientes accederían sin límite y legalmente al contenido, por el precio más bajo de la historia.

No sólo es posible, es fácil

Por supuesto habrá quienes pongan el grito en el cielo por distintas razones, entre ellos:

Algunos sellos discográficos y las organizaciones gremiales que les representan, que basaban su negocio en el control del acceso a los contenidos, y que aún no entienden que en ese rol han sido totalmente reemplazados por los proveedores de acceso a Internet. Dirán que es inconstitucional, injusto, inmoral, que los músicos son flojos y avaros, que son víctimas de las transnacionales de la música, que las sociedades colectivas son corruptas, que el papa es infalible, etc.

Los proveedores de acceso a Internet y sus defensores podrían amenazar con subir los precios, dirán que el muestreo es técnicamente imposible, que se negarán a ser auditadas, y que la tierra es tan plana como sus altas tarifas. Sin embargo, marginan tanto (cada vez más, ya que su costo principal -el ancho de banda internacional- baja de precio continuamente), que no sería necesario el aumento de precio, de hecho sería impresentable dadas las cifras que propongo a continuación.

Concretando

Hagamos un ejercicio rápido: establezcamos un derecho fonomecánico (¿fonoelectrónico?) de un 4%. Convengamos en que un 80% del ancho de banda de las conexiones es p2p (llegamos a 3.2%), y que de eso sólo el 75% es sujeto de compensación. El resultado es un 2.4%. Apliquemos eso a una conexión de banda ancha domiciliaria de las más caras: si pagas cl$20 mil por mes, la compensación sería de cl$480 .

¿Alguien puede creer que el proveedor aumentará la tarifa de cada usuario en cl$480 mensuales? Yo creo que no, el proveedor simplemente va a retrasar un poco más su siguiente rebaja de precio o aumento de ancho de banda de los planes.

La empresa de acceso Internet que compense a los autores y pague las licencias correspondientes, logrará dos cosas:
  • posicionarse comunicacionalmente como un actor a la altura de los tiempos, participando del "yo te doy tú me das", y
  • evitará las millonarias demandas colectivas que las sociedades autorales -con o sin el apoyo de la industria discográfica tradicional- podrían aplicar.
En Chile estamos a punto de promulgar una ley de propiedad intelectual reformada, que si bien al parecer mejora algunos resguardos, podría incluir excepciones para los proveedores de acceso a Internet, que les permite seguir abusando como lo han estado haciendo hasta hoy. Pero como se puede ver en los números que he propuesto, no tiene por qué ser injusto para las empresas que dan acceso a la Internet, pueden ser números muy razonables.

Las cifras que he planteado son aproximaciones preliminares, habría que medir de tráfico y hacer muestreo en los backbones de los proveedores, para tener números de mayor certeza. Sin embargo no tengo razón para creer que el número final tendría que ser más alto, de hecho probablemente sería más bajo.

Y esto nos lleva al siguiente punto, la infraestructura de muestreo. De eso y otros detalles hablo en otro post.

Invito a seguir en la conversación, para perfeccionar la propuesta. Deberíamos haberla tenido hace años, debería ser un wiki en la web de la SCD, o del Ministerio de Cultura, o del Congreso Nacional. Pero bueno, es lo que hay. En una de esas, todavía no es demasiado tarde.

Ignacio Rodríguez de Rementería